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Usemos la lógica
En cualquier caso, es potestativo del dueño/encargado del circuito, definir las condiciones de prestación del servicio, así como las cuotas a percibir por ello, normas de uso, etc, incluso la reserva del derecho de admisión... Es decir, se aplica la conocida "teoría de las lentejas".
De la misma forma que es obligatorio el uso de casco para montar en kart, sea propio o de alquiler, es razonable exigir un mínimo de protección para montar en mini, ya que el propio cuerpo es quien recibe el impacto directo y pudiera existir una co-responsabilidad del dueño si no exigiera el uso de esas protecciones...
Al final, se exigirán en todos los ctos. privados, según vaya habiendo incidentes y se "corran las voces" entre los dueños de los mismos... O se denegará el acceso a las minis, como en Asupark , por ejemplo.
Por otra parte, sería deseable una mayor comprensión de la lógica del uso de protección, es "preferible prevenir que curar"...
De cuando en cuando visito ctos. "libres" (Paracuellos, parking de Alcobendas etc) y siguen siendo mayoría los que no usan ni siquiera casco... Aunque ahí, la responsabilidad es suya por completo...
En fin que "cada cual haga de su capa un sayo"...
SALU2
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