Estoy con rmonje , estudio pa poli y lo ha clavado , te falta decir que no te la retiran por no estar matriculada sino por que todo vehículo a motor que este en la vía publica debe de estar obligatoriamente asegurado , en el caso de la pit si no tiene "papeles " ( de matriculación y tarjeta de inspección técnica ) no puede ser asegurada y de ahí la movilización del vehículo ( que debería de sobrar , pero , por no poder dejarlo en sitio seguro ) la retirada del mismo .
Sobre la Legislación :
Art.1 R.G.Veh.: Prohibido circular sin tener o haber obtenido las correspondientes autorizaciones ( se entiende los papeles ), que cuales son , pues los descritos en el Art.26.1.R.G.Veh.:a)La mencionada tarjeta de inspección técnica o certificado para ciclomotores .b) Impuesto de circulación .d) recibo vigente del seguro obligatorio para vehículos a motor .
Art 2 R.D. Legislativo 8/04 : Todo vehículo que tenga su estacionamiento habitual en España queda obligado a suscribir un seguro obligatorio .
Y las pit no son ciclomotores .
Un saludo y espero que os sirva de mucho esto , porque en mi población se han dado ya casos de retiradas y posterior destrucción de la maquina , ademas de la correspondiente multa ( son 3000 cucos ) .
JODE , EHH ?
